Fumadores: acusados de asesinar

A continuación las palabras dictatoriales y de quienes se creen expertos en el tema de prohíbir. Nos dicen cuales son los espacios donde no se puede fumar y no nos dicen en cuales se puede fumar. Es decir, no tenemos espacio. Nuevamente, muchas gracias viceministro por su castrante decretico. Llenó de mocos y motivos a los fulanos que se lamben por frustrar los placeres, poquitos, de la vida. Parecemos en época racial en la cual por tener un cigarrito en la boca nos miran feo, nos rechazan por el olor y aún no huelen sus axilas y bocas y mucho menos su arruinado sexo. En la FUNLAM quedan huequitos para los fumadores ante los ojos que rechazan. Un minuto de silencio por el tinto con cigarrillo en clase de seis y por el placer de sentarse a estudiar, conversar y discutir, cigarro en mano, en la cafetería. Felicidades a todos, no moriran de cáncer pulmonar, les recomiendo para su cometido usar máscara antigases y como se creen eternos eviten morir en el asfalto, recuerden que eso genera trancones.

HABLAN LOS EXPERTOS:

"Según la Organización Mundial de la Salud hay, por lo menos, 52 enfermedades asociadas al hábito de fumar. Dentro de ellas las enfermedades pulmonares son las de mayor frecuencia, pues 11 de cada 12 personas que contraen cáncer de pulmón es a causa del cigarrillo. De igual forma la bronquitis es la principal afección. De hacerse crónica puede derivar en un enfisema, que puede conducir a la muerte.


Por qué fuman los jóvenes Según los especialistas se han identificado determinados factores que comúnmente desempeñan un papel en el inicio del hábito del tabaquismo, entre los que se incluyen: altos niveles de aceptación social; la influencia de la publicidad; disponibilidad y facilidad de acceso; y por último imitación (ejemplo otorgado por padres de familia, adultos y compañeros).

Los fumadores pasivos Parte importante de la paradoja es que el humo del cigarrillo, además de ser nefasto para quien lo consume, también perjudica a quien tiene que aspirarlo, quien es denominado comúnmente como fumador pasivo. Los fumadores pasivos son aquellas personas, que a pesar de no consumir tabaco, están en contacto directo con el humo del cigarrillo en las áreas comunes (corredores, restaurantes, fiestas, oficinas, salones de clase, auditorios, entre otros).

A modo informativo, el humo de un cigarrillo emana dos veces más alquitrán y nicotina que lo inhalado por el fumador. Por ello el nivel de monóxido de carbono en la sangre de los no fumadores se eleva al tener que “compartir” el humo con fumadores.

Campaña amigoniana Los directivos de la FUNLAM observan con preocupación las conductas de algunos empleados, docentes y estudiantes que abusivamente consumen cigarrillos en los espacios Institucionales no asignados para ello, en contra de los objetivos y reglamentaciones del Programa de Prevención Institucional, las cuales entre otras, se anuncian a continuación:

1. Crear ambientes propicios para la educación y la formación, además de promover el desarrollo integral de las personas que conforman la comunidad universitaria.

2. Mejorar la calidad de vida de las personas que conforman la comunidad universitaria.

3. Hacer de la Institución un ambiente libre de drogas que permita el desarrollo óptimo de las actividades académicas, sociales, culturales, deportivas, y laborales.

4. Disminuir y desacelerar los índices de prevalencia e incidencia del consumo de sustancias psicoactivas entre las personas que conforman la comunidad universitaria.

Por tal razón y conforme en estos objetivos la Institución tiene previstas las siguientes reglamentaciones: Permitir el consumo de cigarrillos, en las áreas señaladas para tal efecto y que serán señalizadas como zona de fumadores. Dichas zonas se caracterizarán por ser espacios abiertos, con buena circulación de aire y adecuados para dicha actividad. No se permitirá el consumo en los salones de clase, ni en las oficinas, ni en la Biblioteca y sitios cerrados.

El Artículo 53 del Reglamento Interno del Trabajo de la Fundación Universitaria Luís Amigó prescribe lo siguiente: “Tienen igualmente el carácter de justas causas de terminación unilateral del contrato por parte del patrono, las estipuladas en los contratos individuales de trabajo, o en las convenciones colectivas, pactos y laudos arbitrales.

Para los efectos del Artículo 7 del decreto 2351 de 1965, se califican como graves las siguientes faltas además de las que tengan ese carácter en forma general: Numeral 14. Fumar y comer en los sitios en los cuales está prohibido”. La invitación es a promover en la comunidad educativa políticas de autocuidado, autorrespondabilidad, convivencia armónica y el derecho a un ambiente sano como elementos prioritarios del proceso formativo."

Palabras tomadas de: http://www.funlam.edu.co/modules/news/article.php?storyid=1655

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